Los Trabajadores, el Trabajo; Historia y Actualidad.

La actividad económica de los pueblos tiene su base en el trabajo. El desarrollo de los sistemas económicos mundiales se sustenta en la actividad laboral que hombres, mujeres y niños realizan; por tanto, debe dársele especial atención por los gobiernos.

Jaime Noé Villalta Umaña
Jaime Noé Villalta Umaña
1 de May · 1949 palabras.
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🕘 Resumen

A pesar de los esfuerzos realizados para evitarlo, el trabajo infantil sigue siendo un problema en nuestra sociedad. El trabajo es una actividad humana que busca satisfacer necesidades materiales y espirituales del individuo y de la colectividad social. Los dueños del capital y los medios de producción representan un importante grupo que activa la economía, pero de nada serviría todo ese capital si no existiera la mano de obra. Las grandes mayorías, que no cuentan con recursos económicos, se ven obligadas a vender su fuerza de trabajo. La acción productiva de las personas a través del trabajo permite el crecimiento y desarrollo de los pueblos. Sin embargo, la clase trabajadora ha sido víctima de explotación laboral a lo largo de la historia, con jornadas de trabajo excesivas que no compensan adecuadamente su fuerza de trabajo. Esto ha llevado a un proceso de organización y lucha por conquistar mejores condiciones laborales. Es importante recordar el origen histórico del Día Internacional de los Trabajadores y considerar los derechos de la clase trabajadora en la actualidad.
El trabajo infantil, sigue siendo un problema en nuestra sociedad, a pesar de los esfuerzos que se han realizado para evitarlo; en razón de ello se incluye en el apartado anterior. Nunca debemos pasar inadvertido, que el trabajo es una actividad humana tendiente a satisfacer necesidades materiales y espirituales del individuo; por ende de la colectividad social.

He preparado el siguiente artículo que entre otras cosa tiene como objetivo fundamental proveer de la información necesaria relacionada con los derechos de la clase trabajadora y considerar brevemente el aspecto histórico considerado como el origen del Día Internacional de los Trabajadores.

Cierto es, que los dueños del capital y de los medios de producción son unos pocos y que constituyen un importante grupo que activa la economía; sin embargo, de nada serviría todo ese capital, si no existiera la mano de obra.

Las grandes mayorías, que no cuentan con recursos económicos; tienen obligadamente que vender, lo único que poseen: “su fuerza de trabajo”. La acción productiva de las personas a través del trabajo, permite el crecimiento y desarrollo de los pueblos.

Si bien es cierto, la clase trabajadora dinamiza la economía; y es un conocimiento que posee los grandes capitalistas, su accionar no ha sido compatible con el servicio que reciben de los trabajadores, que venden su vida por unos cuantos dólares para poder satisfacer medianamente sus necesidades y las de su familia.

Jornadas laborales diarias de 12 a 16 horas

La explotación laboral ha estado presente en todas las épocas y latitudes. A los trabajadores se les ha sometido a largas jornadas de trabajo por un salario que no compensa en lo más mínimo la fuerza de trabajo. La Revolución Industrial, trajo consigo el sometimiento de los trabajadores a jornadas excesivas de trabajo de 16 e incluso 18 horas. No se debe olvidar que un trabajador vende su vida, y una hora de vida no puede ser compensada.

La victimización de los trabajadores generó el deseo del cambio, lo que lleva a todo un proceso de organización y lucha por conquistar una mejor situación social y económica. Cuando los trabajadores exigen mejores prestaciones laborales, se les cobra la vida. Son muchos los ejemplos que pueden citarse sobre cómo los trabajadores han sido masacrados por gobiernos que atienden intereses de  aquellos que les llevan al poder con su dinero. La historia de la clase trabajadora, es una historia de lucha y sufrimiento; de ofrenda, de sacrificio.

Fiesta reivindicativa de los derechos de los trabajadores


El 1 de mayo, como día internacional del trabajo, tuvo su origen en una huelga iniciada el 1 de mayo de 1886; cuyo objetivo era disminuir la cantidad de horas diarias de trabajo. Como se dijo anteriormente las jornadas eran excesivas; por tanto, se luchaba por disminuirla a 8 horas.

El caso es que el 4 de mayo, en Chicago, tuvo lugar un acontecimiento que se conoce con el nombre de “incidente de Haymarket o revuelta de Haymarket”, se lanzó supuestamente una bomba sobre los policías que intentaban desmovilizar una manifestación de los trabajadores. Como resultado de lo anterior 8 trabajadores fueron arrestados, 5 de ellos condenados a muerte y 3 a prisión. Posteriormente se aclararon los hechos, en el sentido de que los trabajadores eran inocentes; a quiénes se les denominó los “Mártires de Chicago”.

En atención a lo expresado en el párrafo anterior, existe una versión distinta, se dice que el día tres de mayo del año 1886, hubo una manifestación cerca de la fábrica Mc Cormicks y la gente empezó a tirarle piedras, entonces llego la policía y disparó contra los obreros; pero además, había niños, mujeres y ancianos.

El caso es que la celebración del día 1 de mayo, es la fecha coincidente en cuanto al origen histórico del día del trabajo; aunque inicialmente era la fiesta del “movimiento obrero”; sin embargo, en la actualidad se conmemora como el “Día Internacional de los Trabajadores”. La que ha instituido en la mayoría de países con gobiernos democráticos (excepto, Estados Unidos, Reino Unido, Principado de Andorra).

Actualidad

Actualmente, existen documentos jurídicos de carácter nacional e internacional que norman los derechos de la clase trabajadora; estas páginas han sido escritas con la sangre de miles de trabajadores cuyas vidas fueron segadas por la represión y la injusticia social. Gozar de toda una normativa jurídica tiene sus beneficios, lo que debe quedar claro es que no ha sido fácil conquistar mejores prestaciones sociales, salariales y laborales. Muy a pesar de la existencia de la susodicha normativa jurídica, los abusos laborales e injusticias en contra de los trabajadores continúan.

Es importante que conozcamos las normas que regulan los principios y las relaciones que se originan de la actividad laboral.

Por tanto; en una primera aproximación vale recordar la Carta Internacional de Garantías Sociales suscrita en Bogotá, Colombia el 2 de mayo de 1948, que en su artículo 2 dice:

“Considéranse como básicos en el Derecho Social de los países americanos los siguientes principios:

a) El trabajo es una función social, goza de la protección especial del Estado y no debe considerarse como artículo de comercio.

b) Todo trabajador debe tener la posibilidad de una existencia digna y el derecho a condiciones justas en el desarrollo de su actividad.

c) Tanto el trabajo intelectual como el técnico y el manual, deben gozar de las garantías que consagre la legislación del trabajo, con las distinciones que provengan de las modalidades en su aplicación.

d) A trabajo igual debe corresponder igual remuneración, cualquiera que sea el sexo, raza, credo o nacionalidad del trabajador.

e) Los derechos consagrados a favor de los trabajadores no son renunciables y las leyes que los reconocen obligan y benefician a todos los habitantes del territorio, sean nacionales o extranjeros”.

La misma Carta, en su Art. 3 sigue diciendo:

“Todo trabajador tiene derecho a seguir su vocación y dedicarse a la actividad que le acomode. Tiene igualmente la libertad de cambiar de empleo”.

La lectura de los artículos anteriores permite decir que existen normas de protección de los trabajadores, que buscan entre otras cosas crearle condiciones humanas y sociales dignas, para que el trabajador sea hombre, mujer o niño pueda desarrollarse ampliamente mejorando su calidad de vida y la de los suyos.

En atención a lo anterior, el 10 de diciembre de 1948 se adoptó el instrumento jurídico de carácter internacional conocido con el nombre de Declaración Universal de Derechos Humanos (los derechos humanos le son inherentes a las personas humanas por el sólo hecho de ser personas humanas). En éste también se dan directrices normativas que deben guiar a los Estados en la protección de los trabajadores. En su Art. 23 dice:

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Según el primer numeral del artículo citado los trabajadores tienen derecho a que se les dé empleo; a realizar el trabajo que les guste, es decir, no pueden ser obligados a desempeñar una labor que no deseen; a que se les proteja contra el desempleo, esto implica que el Estado está en la obligación de crear subsidios especiales para las personas desempleadas, dándoles al menos el mínimo necesario para que puedan subsistir mientras son colocados en un empleo. También cabe mencionar que los trabajadores deben de su trabajo obtener la satisfacción de sus necesidades espirituales y materiales. Además la equidad que debe existir en el trabajo da a entender que el que trabaja más, gana más y viceversa.

En la República de El Salvador el constituyente del año de 1983 preceptuó en el Art. 37 lo siguiente:

“El trabajo es una función social, goza de la protección del Estado, y no se considera artículo de comercio.

El Estado empleará todos los recursos que estén a su alcance para proporcionar ocupación al trabajador, manual o intelectual, y para asegurar a él y a su familia las condiciones económicas de una existencia digna. De igual forma promoverá el trabajo y empleo de las personas con limitaciones o incapacidades físicas, mentales o sociales”.

En el primer inciso se establece la función social del trabajo, en el entendido que ésta se genera cuando cada persona que trabaja recibe una remuneración; pero a la vez, contribuye con la sociedad, pues genera el desarrollo de la misma. Un ejemplo sencillo lo constituye el de limpia botas. Él recibe una retribución por su servicio; luego con su dinero compra un artículo que se encuentra gravado con el 13% de IVA, este impuesto es recolectado por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos. Finalmente este tributo es utilizado por el Estado en la prestación de servicios, construcción de infraestructura, pago de salarios a los empleados y funcionarios públicos, entre otros. Como se ve, este humilde e inadvertido trabajador generó una función social con su labor.

A través de la historia, los trabajadores fueron reivindicando sus derechos; tal es el caso, que hoy, no solamente se ha disminuido la jornada laboral a 8 horas, sino que además, se han obtenido otras prestaciones sociales y laborales; por ejemplo: aguinaldo, descanso semanal, vacaciones; pensión por vejez, invalidez y muerte; asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria, entre otros. A pesar de lo anterior, falta mucho por reivindicar, pues uno de los principales problemas del trabajador es que los bajos salarios no alcanzan a cubrir sus necesidades básicas; es más, muchos trabajan horas extraordinarias, a fin de conseguir uno cuantos dólares más. Asimismo, el desempleo y subempleo, continúan siendo graves problemas sociales en El Salvador. En razón de lo anterior, miles de salvadoreños migran en busca del sueño americano.

Sistema de previsión social

La clase trabajadora deberá continuar luchando para que se le respeten sus derechos; sobre todo, tendrá que trabajarse para reivindicar la edad para jubilarse; pues por el momento, la legislación está diseñada a favor de las Administradoras de Fondos de Pensiones. ¿Por qué? Debido a su esperanza de vida (en El Salvador), se jubilan a una edad en la que prácticamente el sentido que encierra la palabra “jubilación” es sólo una falacia; pues el trabajador muere a los pocos días de haberse pensionado. Se debe reivindicar el tiempo de servicio; y que su máximo sea 35 años sin límite de edad. De la manera en que está diseñado, muchos trabajadores, cotizarán 40 ó más años al sistema. Por otra parte el Estado, tiene una deuda previsional con los trabajadores. El certificado de traspaso, fue un ardid utilizado por las AFP’s, para lograr aumentar el número de afiliados.
A todos los trabajadores del mundo les envío un solidario y fraterno saludo; con mis mejores deseos que sus plataformas reivindicativas encuentren apoyo en los gobiernos. Finalizo con un llamado a permanecer unidos; evitando, realizar pactos o adhesiones con partidos políticos, pues ello, va en detrimento de la lucha de la clase trabajadora.
Lic. Jaime Noé Villalta Umaña
Prof. y Abg.

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